Qué es el acto expropiatorio
Es la decisión formal de expropiar. Según quién expropie, adopta la forma de un decreto supremo (por ejemplo, un decreto exento del MOP), una resolución o un decreto alcaldicio. Se dicta después de que la comisión de peritos haya fijado el monto provisional y debe indicar la ley que autoriza a expropiar.
El extractoQué datos trae el extracto
El Diario Oficial publica un resumen del acto. Suele incluir:
- El organismo expropiante y el número y fecha del decreto o resolución.
- La obra para la que se expropia (por ejemplo, el mejoramiento de una ruta).
- El número del lote, su superficie y, a veces, sus deslindes.
- El rol de avalúo del predio y el nombre de quien aparece como propietario.
- El monto provisional de la indemnización fijado por la comisión de peritos.
Cómo leer un extracto, dato por dato.
La publicaciónPor qué importa tanto la fecha
La publicación en el Diario Oficial, junto con la de un diario del lugar, es la forma en que la ley da a conocer la expropiación. Desde ese momento corren 30 días para reclamar la legalidad del acto ante el juez. El plazo para reclamar el monto es otro y está ligado a la toma de posesión material.
Además, después de la consignación, el juzgado publica avisos para que los acreedores y titulares de derechos sobre el bien los hagan valer sobre el monto consignado dentro del plazo que indica el aviso.
ComprobacionesQué revisar en el extracto
- Que el rol de avalúo y el nombre correspondan a su predio.
- Que la superficie del lote coincida con la franja que realmente le quitan.
- Si el lote deja un resto del predio sin acceso o con mala forma.
- Si el monto, dividido por los metros, se parece a lo que vale el suelo en la zona.