Guía práctica · Plazos

Los plazos de una expropiación que no puede dejar pasar

En una expropiación los plazos corren aunque nadie le avise. Dos son decisivos: 30 días desde la publicación para reclamar la legalidad y hasta el día 30 tras la toma de posesión para reclamar el monto.

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Los dos plazos clave

Legalidad y monto

Reclamo de ilegalidad. Se presenta dentro de los 30 días siguientes a la publicación del acto en el Diario Oficial. Sirve para atacar el acto o pedir, por ejemplo, la expropiación total cuando el resto queda inútil.

Reclamo del monto. Puede presentarse desde la notificación del acto hasta el día 30 siguiente a la toma de posesión material del bien. Es el plazo que más importa para la mayoría de los propietarios.

Otros plazos

Plazos del procedimiento

El organismo también tiene plazos: debe publicar el extracto dentro del plazo legal desde la fecha del acto y pedir la toma de posesión dentro del plazo que fija la ley desde la publicación. Tras la consignación, los acreedores y titulares de derechos reales deben hacer valer sus derechos sobre el monto dentro del plazo que indica el aviso del juzgado.

Consejo práctico

Cómo no perder un plazo

  • Anote la fecha de publicación del extracto y la de la toma de posesión.
  • Pida copia de la causa del juzgado y siga sus movimientos.
  • Empiece la tasación propia antes de la toma de posesión.
  • Si tiene dudas sobre una fecha, cuéntela a la baja.
Cuadro resumen

Plazos del propietario

Plazos según el DL 2.186. Los de su caso dependen de las fechas de publicación y de toma de posesión.

TrámiteDesde cuándoPlazo
Reclamo de ilegalidad del actoPublicación en el Diario Oficial30 días
Reclamo del monto provisionalNotificación del actoHasta el día 30 siguiente a la toma de posesión material
Derechos de acreedores sobre el montoAviso de la consignaciónEl plazo indicado en el aviso
Toma de posesiónConsignación del montoLa pide el organismo al juez
Preguntas frecuentes

Dudas sobre los plazos

¿Los 30 días son hábiles o corridos?

Depende de la norma y de cómo se cuente en cada caso. Ante la duda, cuente siempre a la baja y no espere al último día.

¿Qué pasa si se vence el plazo del monto?

El monto provisional queda como definitivo y ya no se puede pedir al juez que lo aumente.

¿El plazo corre si estoy fuera de Chile?

Sí. Por eso conviene que alguien de confianza vigile las publicaciones y la causa si vive fuera.

Fuentes

Base legal y fuentes

Información general, elaborada a partir de la legislación y los documentos oficiales citados. No reemplaza la revisión de su caso concreto: los plazos y derechos dependen de los documentos que usted recibió.

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