El monto queda depositado en el juzgado
Cuando no hay acuerdo sobre el monto, el organismo expropiante consigna (deposita) la indemnización provisional en el tribunal competente. Es lo que se ve en los avisos del Diario Oficial con la fórmula «consignación valor expropiación», con el rol de la causa, el lote y la suma consignada.
Después, se publican avisos para que quienes tengan derechos reales sobre el bien, como un acreedor hipotecario, los hagan valer sobre el monto consignado dentro del plazo que fija el aviso. Si no lo hacen, no podrán hacerlos valer después sobre esa suma.
La toma de posesiónCuándo entran en el terreno
Con el monto consignado, el organismo pide al juez la toma de posesión material del lote. La Constitución exige que, a falta de acuerdo, se pague el total de la indemnización provisional antes de esa toma de posesión. Una vez decretada, la obra puede empezar en la franja expropiada.
Si en el lote hay cosechas pendientes, animales o instalaciones que hay que retirar, conviene coordinarlo y documentarlo antes de la entrada.
El plazo claveHasta el día 30 para reclamar el monto
El reclamo del monto puede presentarse hasta el día 30 siguiente a la toma de posesión material. Si se deja pasar, el monto provisional queda como definitivo. Por eso conviene revisar la cifra antes de que llegue la toma de posesión. Cómo funciona el reclamo.
El dineroRetirar el monto consignado
El propietario puede pedir al juzgado el pago del monto consignado, acreditando su dominio. Antes de hacerlo conviene revisar con calma su situación y no firmar declaraciones de conformidad sin saber qué implican para un eventual reclamo.